Coronavirus: estos son los vehículos que pueden transitar en las calles

Luego de publicarse la orden de inamovilidad total para detenero reducir el avance del coronavirus en el país, el Ministerio de Defensa y elMinisterio del Interior anunciaron una medida excepcional que restringe lamovilidad de las personas y vehículos en todo el territorio nacional.

Ambas entidades estatales difundieron una lista oficial depersonas y tipos de servicios de transporte que pueden transitar las 24 horasdebidamente acreditada en sus condiciones de trabajador exonerado de larestricción.

Estos son los vehículos que pueden circular desde las 5:00a.m. hasta las 8 p.m.:

• Serviciode transporte urbano masivo de pasajeros autorizados.

• Serviciode traslado de trabajadores de empresas y entidades dedicadas a actividadesesenciales.

• Taxiregistrados y autorizados por la Autoridad del Transporte Urbano de Lima yCallao.

• Vehículosoficiales de transporte de personal de salud.

• Vehículosparticulares del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, sistemafinanciero y seguros, Ministerio Público e Instituto Nacional Penitenciario(INPE).

• Personalde empresas de seguridad.

• Vehículosque transportan personal a campamentos mineros.

Podrán transitar las personas que trabajen en actividades como:

• Serviciosde abastecimiento de alimentos y medicinas.

• Serviciospúblicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos,limpieza y recojo de residuos sólidos.

• Serviciosde telecomunicaciones.

• Serviciosfunerarios.

• Serviciosde transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipuladopor el ministerio de transporte y comunicaciones.

• Vehículosparticulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadasy Policía Nacional que participan en los operativos.

• Personalde serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

• Personalde medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.

• Serviciode traslado de choferes de servicio urbano masivo.

Asimismo, el gobierno ha dado un protocolo para eldesplazamiento en casos de emergencia entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.

Cabe mencionar que los vehículos que sean permitidoscircular deberán viajar a una velocidad máxima de 30 Km/h, con lucesintermitentes y las luces interiores encendidas. Y en el caso de las personasque se movilizan a pie, estas deben transitar con un pañuelo blanco.