El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 30 días calendario, a partir del 6 de enero de 2024, el Estado de Emergencia declarado en la Red Vial Nacional y en las Redes Viales Departamentales o Regionales. Así lo dispone el Decreto Supremo N° 001-2024-PCM, publicado hoy, viernes 5, en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.
De acuerdo con la norma, esta disposición incluye los 500 metros adyacentes a cada lado de las redes viales en mención.
Durante dicho periodo, se aplicará lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Asimismo, la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
Finalmente, el dispositivo señala que dentro de los 5 días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia prorrogado en el artículo 1 del presente decreto supremo, la PNP debe presentar al Titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.