MTC prohibe circulación de scooters eléctricos en veredas

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) emitióuna resolución, a fin de regular el uso de las patinetas o scooters eléctricosante un accidente provocado por el vehículoen el distrito de San Isidro.

En el Diario Oficial El Peruano, se publicó una Norma Legal queprohíbe la circulación de scooters eléctricos en las veredas, pasajes, áreasverdes y pasos peatonales. Es decir, estos vehículos podrán circular solo en lapistas, en el carril más cercano a la vereda o en la ciclovía, en caso estaexista.

“Se consideran VMP a las patinetas, monopatines, monociclos,vehículos autoequilibrados, los cuales no son vehículos automotores ociclomotores, debiendo circular en estricto por el carril derecho de la calzadade las calles y jirones, o en su defecto, el carril más cercano de la acera o ciclovíasde las mismas”, menciona la resolución.

Asimismo, dicha norma fijó un límite de velocidad máxima,indicando que «un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), también llamadosVehículos de Movilidad Urbana, es aquel vehículo equipado con un motoreléctrico que permite su propulsión a una velocidad máxima de construcción dehasta 25km/h».

Cabe señalar que la Municipalidad de San Isidro había comunicadoinformando la suspensión del servicio de alquiler de scooters eléctricos deMovo, debido al accidente provocado por un scooter eléctrico, la tarde deljueves 23 de abril, que dejó a una mujer de 63 años en estado de gravedad.