En la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM2), realizada en Arequipa, en el marco del Foro Asia Pacífico – APEC 2024, que organiza el Perú, se informó que el el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) trabaja en un proyecto de ley para impulsar la electromovilidad en el Perú; y de manera paralela, se viene coordinando con el MEF la implementación de planes tributarios y financieros para aprobar los incentivos necesarios que permitan enfrentar los desafíos de la electromovilidad.
En cuanto a los planes operativos, a través de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y del Programa Promovilidad, el MTC coordina la implementación de programas piloto para brindar el servicio de transporte terrestre con vehículos eléctricos.
De igual manera, el MTC, a través de su Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, destacó la Homologación Vehicular para asegurar que los vehículos que circulen en las vías del país lo hagan cumpliendo con las normas técnicas y de seguridad establecidas.
Al respecto, el MTC ha creado un grupo de trabajo y ha implementado la declaración jurada que los fabricantes e importadores de vehículos presentan ante la Sunat y la Sunarp para detallar las características básicas y técnicas de los vehículos.
Durante el encuentro, también se dio a conocer que el MTC ha establecido el certificado de emisiones atmosféricas para garantizar que los vehículos nuevos no superen los límites máximos permitidos de gases contaminantes, el cual es otorgado por autoridades gubernamentales de las Naciones Unidas o por organismos acreditadores certificados.
Asimismo, el MTC trabaja en el fomento del chatarreo vehicular con la finalidad de renovar la flota, reducir la contaminación ambiental y fortalecer la seguridad vial. En Perú, la antigüedad del parque automotor para el transporte de pasajeros es de ocho años y de 13 años para el caso de transporte de carga.
El MTC dispuso, además, una normativa para “chatarrear” los vehículos declarados en estado de abandono que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones: que tenga más de 15 años de antigüedad; que el monto que resulte de la valoración de las externalidades negativas generadas por el vehículo sea mayor al valor de mercado del vehículo; que el monto por infracciones y/o incumplimientos superen su valor.