La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) publicó el reglamento que establece las condiciones y los requisitos para el otorgamiento de autorizaciones por cinco años en las rutas de transporte urbano en Lima y Callao, con el objetivo de brindar un mejor servicio y mayor seguridad a los usuarios.
Este nuevo marco legal plantea una serie de medidas para reorganizar el transporte convencional, que comprende aproximadamente 22,000 vehículos entre ómnibus, cústers y combis, debidamente habilitadas. De esta forma, las empresas de transporte tendrán mayor estabilidad jurídica para poder financiar buses a gas o eléctricos, lo que representa el inicio al cambio de la matriz energética.
El reglamento también recomienda que el servicio de transporte deberá contar con recaudo electrónico y monitoreo por GPS para verificar el cumplimiento de las rutas y tener una gestión más eficiente de la flota.
“Las empresas ahora van a tener más años de autorización para trabajar con buses a gas o eléctricos. Estamos planteando que las autorizaciones se amplíen cuando la flota vehicular sea renovada con tecnologías limpias. Eso es lo que se viene”, señaló José Aguilar, presidente ejecutivo de la ATU.
En ese sentido, el funcionario resaltó que gracias a este reglamento se brindará mayor seguridad a los usuarios, estableciendo nuevos requisitos para hacer más eficiente el transporte urbano con menos contaminación ambiental.
Características y habilitaciones
El nuevo reglamento, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 203-2023-ATU/PE, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, señala que la empresa operadora que se comprometa a realizar una renovación progresiva de su flota con vehículos eléctricos, híbridos y a GNV, podrá solicitar la ampliación de la vigencia de su autorización, más allá de los cinco años iniciales.
Las principales características de este nuevo marco legal son: modernización del servicio con GPS, implementación de recaudo electrónico, operación estructurada bajo un nuevo Plan Regulador de Rutas, identificación externa e interna de vehículos y conductores, incentivos a la renovación de flota e inclusión de contratos asociativos (joint venture) para la implementación de flota eléctrica e infraestructura de carga.
También se tiene en cuenta la promoción de los programas de chatarreo, implementación de programas piloto de electromovilidad, sanciones ante actos de agresión a usuarios o fiscalizadores con multa, cancelación de la licencia de conducir y la inhabilitación definitiva para obtener una nueva licencia
Cabe precisar que estas nuevas condiciones entrarán en vigor a partir de la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) correspondiente, que se elaborará en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Asimismo, el Reglamento se encuentra acorde a lo señalado en la Ley 31596, estableciéndose que los conductores de los vehículos no tengan antecedentes penales en delitos vinculados a violencia contra niñas, niños o adolescentes.