Nuevo decreto abre camino a inversiones y formalidad en sistemas de transporte

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1707, que modifica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (Ley N° 27181) para incorporar por primera vez en el marco legal la definición del Sistema Integrado de Transporte (SIT) y promover su implementación a nivel nacional. La norma busca dar estabilidad jurídica a este modelo, incentivar la inversión pública y privada y reducir la informalidad en el transporte urbano.

El decreto incorpora el literal j) en el artículo 2 de la ley, definiendo al SIT como un sistema de transporte público de personas que integra física, operacional y tarifariamente las distintas modalidades del servicio, incluyendo medios de pago unificados. Con ello, se busca facilitar la organización y operación coordinada de buses, corredores y servicios complementarios bajo un mismo esquema de gestión.

Asimismo, se añade el numeral 5.4 al artículo 5 para que el Estado promueva inversiones que habiliten la implementación progresiva de los SIT en todo el país, garantizando eficiencia, sostenibilidad, accesibilidad, seguridad y cobertura. La norma permite que las autoridades competentes adquieran, instalen, administren o aporten bienes muebles e inmuebles necesarios para la operación de estos sistemas, previo acuerdo con concesionarios u operadores, y establece que las disposiciones de integración y el régimen sancionador del SIT de Lima y Callao serán aprobados por la ATU.

El decreto también precisa que estas medidas se financiarán con recursos de los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar fondos adicionales del Tesoro Público, y dispone que el Poder Ejecutivo debe aprobar las normas de adecuación en un plazo máximo de 40 días hábiles. Con esta modificación, el Estado refuerza la Política Nacional de Transporte Urbano y avanza hacia un transporte más ordenado, formal y seguro en el país.