Argentina no aplicará aranceles de vehículos eléctrico con valor FOB menor a US$ 16 mil

El Gobierno de Argentina publicó el Decreto 49/2025 que establece ciertas reglas y condiciones para fomentar la importación de vehículos híbridos y eléctricos sin aranceles.

Para todos los autos 100% eléctricos y la gran mayoría de los híbridos que se venden en Argentina importados por fuera del Mercosur, se propuso la creación de un cupo de 50 mil unidades anuales que contarán con el beneficio de tributar 0% de arancel, evitando así pagar el arancel aduanero de 35% que se solía imponer a todos los autos fabricados fuera de esta región.

El decreto establece que la medida regirá por cinco años. Esto es porque la Argentina, mientras sea integrante del Mercosur, no puede aplicar cambios permanentes a las reglas del bloque.

La Secretaría de Industria y Comercio será la encargada de establecer el criterio que se aplicará para repartir el cupo entre todas las automotrices interesadas en recibir este beneficio aduanero.

Los vehículos automotores alcanzados por esta norma son aquellos que utilicen una tecnología de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna, entendiendo como tales a los propulsados por un motor eléctrico y alternativamente, o en forma conjunta, por un motor de combustión interna (vehículos híbridos); un motor eléctrico exclusivamente (vehículos eléctricos) o un motor a celda de combustible (vehículos a hidrógeno).

Quedan exceptuados de este beneficio los vehículos con un peso en vacío inferior o igual a 400 kilos, sin incluir el peso de las baterías para vehículos eléctricos. También quedan afuera los vehículos con potencia máxima inferior o igual a 15 kilovatios y aquellos que tengan una autonomía inferior o igual a 80 kilómetros.

Los vehículos que reúnan todos esos requisitos y que quieran acceder al beneficio de arancel aduanero 0% deberán tener un Valor FOB (precio en puerto de origen, antes de otros impuestos) inferior a US$ 16 mil.